ESTATUTOS. Art. 7
Podrán formar parte de la Asociación todas las personas físicas y jurídicas que, libre y voluntariamente, tengan interés en el desarrollo de los fines de la asociación con arreglo a los siguientes requisitos:
De las personas físicas:
- Tener la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea.
- Ser mayor de edad y no estar incurso en causa alguna de incapacidad.
- Estar inscrito como abogado o economista en el Colegio correspondiente, sin que esté incurso en causa de inhabilitación, suspensión o prohibición para el ejercicio de la profesión que le habilita su título académico.
- Aval de un socio, y escrito dirigido al/la Presidente/a, con copia al órgano de representación.
De las personas jurídicas:
Sociedades profesionales de abogados o economistas de nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea.